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Seguridad Y Salud En El Trabajo En Ecuador: De La Prevención Reactiva Al Sistema Integrado

Cada accidente laboral tiene un costo humano que no aparece en ninguna hoja de cálculo: el sufrimiento de la persona afectada y de su familia. Pero también tiene costos organizacionales cuantificables: atención médica, baja laboral, investigación, sanciones, daño reputacional y deterioro del clima de trabajo. Las organizaciones que lo entienden invierten en prevención antes de que ocurran los accidentes.

La seguridad y salud en el trabajo (SST) ha evolucionado desde un enfoque reactivo, investigar accidentes después de que ocurren, hacia un modelo proactivo: identificar peligros, evaluar riesgos y actuar antes de que se materialicen en daños. En Ecuador, este cambio de paradigma se ha formalizado con la expedición del Decreto Ejecutivo 255 del 2 de mayo de 2024, que sustituye al histórico Decreto Ejecutivo 2393 vigente desde 1986.

Marco legal de la SST en Ecuador

El sistema de seguridad y salud en el trabajo en Ecuador se sustenta en un conjunto de normas que van desde la Constitución hasta los acuerdos ministeriales. Las principales referencias son:

  • Constitución de la República, artículo 326, numeral 5: establece que toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.
  • Decreto Ejecutivo 255 (mayo 2024): nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, que reemplaza al Decreto 2393 de 1986 y moderniza la normativa adaptándola a las realidades laborales actuales.
  • Código del Trabajo, artículos 410 y 42: obligaciones del empleador respecto a la prevención de riesgos y condiciones seguras de trabajo.
  • Decisión 584 de la Comunidad Andina (CAN): Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, de cumplimiento obligatorio para Ecuador como país miembro.
  • IESS – Seguro General de Riesgos del Trabajo: organismo responsable de la prevención, investigación de accidentes y enfermedades profesionales, y determinación de responsabilidad patronal.

Decreto Ejecutivo 255: la nueva era de la SST en Ecuador

El Decreto Ejecutivo 255 representa la actualización más importante del marco normativo de SST en Ecuador en casi cuatro décadas. Entre sus principales novedades se encuentran:

Cobertura ampliada: la normativa aplica a todos los empleadores y trabajadores del Ecuador, incluyendo autónomos, empleados del hogar y teletrabajadores, reconociendo las nuevas modalidades de trabajo.

Obligaciones escalonadas: las obligaciones de los empleadores se establecen conforme al número de trabajadores y al nivel de riesgo laboral (bajo/medio o alto), lo que permite una aplicación proporcionada según el tamaño y naturaleza de la empresa.

Nuevos roles profesionales: se incorporan figuras como el monitor de seguridad e higiene, el técnico de seguridad e higiene del trabajo y el profesional médico con formación de cuarto nivel. En empresas de alto riesgo se incluyen psicólogos y enfermeros.

Comités paritarios: los centros de trabajo con cincuenta (50) o más empleados deben constituir comités paritarios de seguridad con reuniones bimestrales y renovación cada dos años. Los centros con hasta 49 trabajadores designarán delegados.

Jerarquía de controles legalizada: se formaliza la jerarquización de controles (eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos, EPP), eliminando la anterior estructura de control en la fuente, medio y trabajador.

ISO 45001: el estándar internacional como complemento

ISO 45001:2018 es la norma internacional para sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. A diferencia de su predecesora OHSAS 18001, integra explícitamente el contexto organizacional, el liderazgo visible de la alta dirección y la participación activa de los trabajadores como elementos centrales del sistema.

El ciclo PHVA (Planificar-Hacer-Verificar-Actuar) estructura la norma: planificar la identificación de peligros y la evaluación de riesgos, implementar controles, verificar la eficacia mediante auditorías e indicadores, y actuar para mejorar continuamente. No es un sistema de papeles: es un sistema de comportamientos y prácticas.

Si bien ISO 45001 no es obligatoria en Ecuador, su implementación es altamente recomendable porque proporciona un marco sistemático que complementa y facilita el cumplimiento del Decreto Ejecutivo 255 y la normativa andina. Las organizaciones certificadas demuestran un compromiso verificable con la seguridad de sus trabajadores.

Identificación de peligros y evaluación de riesgos

La gestión preventiva comienza por saber qué puede salir mal: identificar los peligros presentes en cada tarea, área y proceso. Una vez identificados, se evalúa el riesgo combinando la probabilidad de ocurrencia con la severidad del daño potencial. Esta evaluación guía la priorización de los controles.

El Decreto Ejecutivo 255 actualizó la clasificación de los factores de riesgo, reemplazando la categoría de riesgos «mecánicos» por «seguridad» e incorporando factores locativos y eléctricos en las medidas de seguridad industrial. La jerarquía de controles establece el orden de preferencia: eliminación del peligro (mejor opción), sustitución por algo menos peligroso, controles de ingeniería, controles administrativos y, como último recurso, equipos de protección personal (EPP).

Higiene industrial y ergonomía: riesgos que no siempre se ven

Los riesgos higiénicos —exposición a agentes químicos, físicos (ruido, vibraciones, calor) y biológicos— generan enfermedades profesionales que se desarrollan de manera silenciosa durante años. La higiene industrial evalúa la exposición mediante mediciones, compara con valores límite y diseña controles para mantenerla en niveles seguros.

La ergonomía estudia la relación entre el trabajo y las capacidades del trabajador para diseñar tareas, herramientas y entornos que reduzcan la fatiga y los trastornos musculoesqueléticos, la categoría de enfermedad profesional más frecuente globalmente. El diseño ergonómico bien aplicado mejora simultáneamente la seguridad y la productividad.

Riesgos psicosociales: el desafío emergente

El estrés laboral, el burnout, el acoso y la carga de trabajo excesiva son riesgos psicosociales que afectan cada vez más a los trabajadores y cuyo impacto en salud y productividad está bien documentado. ISO 45003 ofrece orientación sobre cómo gestionar estos riesgos dentro del sistema de gestión de SST.

En Ecuador, este tema ha cobrado especial relevancia normativa. El Decreto Ejecutivo 255 incorpora la salud mental como parte de la prevención laboral. Además, durante 2025 el Ministerio del Trabajo emitió normativa específica: el Acuerdo Ministerial MDT-2025-186, que establece normas para la prevención y atención de todo caso de discriminación, violencia y acoso laboral en el sector privado, y el Acuerdo Ministerial MDT-2025-093, que regula la prevención, protección y sanción de faltas disciplinarias graves por discriminación, violencia, acoso laboral y acoso sexual en el sector público.

Las organizaciones que gestionan proactivamente los riesgos psicosociales —con evaluaciones periódicas, intervenciones organizativas y apoyo a los trabajadores— tienen menor absentismo, menor rotación y mejor clima laboral. Los programas de bienestar psicológico son una inversión con retorno medible.

Tendencias en SST para 2026

  • Integración SST-ESG: los criterios ambientales, sociales y de gobernanza incluyen indicadores de seguridad laboral en los informes de sostenibilidad.
  • Digitalización de la prevención: apps de reporte de incidentes, inspecciones digitales, plataformas de gestión y analítica de accidentalidad. En Ecuador, el Ministerio del Trabajo gestiona registros a través del sistema SUT (Sistema Único de Trabajo).
  • Seguridad vial laboral: gestión de los accidentes de tránsito en misión o in itinere como riesgo laboral específico.
  • Wearables de seguridad: dispositivos que monitorean fatiga, posturas o exposición a agentes físicos en tiempo real.
  • Igualdad salarial y no discriminación: el Acuerdo Ministerial MDT-2025-006 establece el reglamento de cumplimiento de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres, un aspecto que se integra progresivamente con la gestión de SST.

Preguntas frecuentes

El Decreto 2393 fue el reglamento de seguridad y salud vigente desde 1986. El Decreto Ejecutivo 255, emitido en mayo de 2024, lo sustituye modernizando la normativa: amplía la cobertura a teletrabajadores y autónomos, incorpora la salud mental, establece obligaciones escalonadas según el tamaño y riesgo de la empresa, y formaliza la jerarquía de controles.

Sí, con la complejidad adaptada a su tamaño. El Decreto 255 establece obligaciones diferenciadas según el número de trabajadores y el nivel de riesgo. Incluso las empresas más pequeñas deben cumplir condiciones mínimas de seguridad. El Ministerio del Trabajo es la entidad responsable del control y sanción por incumplimientos, e incluso puede ordenar la suspensión inmediata de actividades cuando constate riesgo grave o inminente.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a través del Seguro General de Riesgos del Trabajo, tiene funciones de prevención, investigación de accidentes y enfermedades profesionales, calificación de riesgos y determinación de responsabilidad patronal. Es además miembro nato del Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo.

La prevención de riesgos laborales es una inversión que protege a las personas, reduce costos y construye organizaciones más sostenibles. En Ecuador, el nuevo marco normativo del Decreto 255 ofrece la oportunidad de construir una verdadera cultura preventiva desde las organizaciones.

 

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